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SISTEMA DE RECAUDACIÓN

Nuevo plazo para regularizar deudas fiscales: hasta el 30 de septiembre

El Poder Ejecutivo tucumano extendió el Régimen de Regularización de Deudas Fiscales, permitiendo a los contribuyentes saldar deudas vencidas al 30 de junio de 2025 con beneficios como condonación de intereses y descuentos. La adhesión se realiza online, con requisitos específicos y opciones de pago flexibles.

Por Tendencia de noticias

11 sept, 2025 03:12 p. m. Actualizado: 11 sept, 2025 03:12 p. m. AR
Nuevo plazo para regularizar deudas fiscales: hasta el 30 de septiembre

El gobierno provincial decidió extender el Régimen de Regularización de Deudas Fiscales, gestionado por la Dirección General de Rentas, hasta el 30 de septiembre de 2025.


Para sumarse al régimen, los contribuyentes deben tener al día las obligaciones tributarias vencidas entre el 1 de julio y septiembre de 2025. Específicamente, para el Impuesto a los Automotores y Rodados e Inmobiliario, se requiere haber pagado las cuotas 7, 8 y 9 del año 2025 al momento de la solicitud. En el caso de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y para la Salud Pública, deben estar abonados los anticipos 6, 7 y 8 del mismo año.


Este programa permite regularizar deudas fiscales exigibles al 30 de junio de 2025, abarcando impuestos provinciales junto con sus respectivos intereses, multas y recargos. También incluye deudas provenientes de planes de pago caducos, así como aquellas derivadas de ajustes por fiscalizaciones de la DGR, ya sea que estén en proceso administrativo o judicial.


Beneficios


  • Se condona el 100% de los intereses generados hasta el 31 de diciembre de 2020.

Para los intereses acumulados desde el 1 de enero de 2021, se ofrecen las siguientes bonificaciones:


  • 50% de descuento para pagos al contado.

  • 40% de descuento para planes de pago que se cancelen antes de julio de 2026.

  • 30% de descuento para planes liquidados después de julio de 2026.


La adhesión al plan se realiza exclusivamente a través del sitio web oficial de la Dirección General de Rentas: www.rentastucuman.gob.ar. Los contribuyentes pueden abonar las cuotas del plan y otras obligaciones tributarias mediante los botones de pago disponibles en la misma plataforma, utilizando tarjetas de débito de cualquier banco. La primera cuota de los planes gestionados en septiembre vencerá el 15 de octubre.


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